martes, 24 de septiembre de 2013

Protección de la Libertad Sindical deber del Inspector del Trabajo. Artículo de Opinión Diario de Los Andes

Protección de la Libertad Sindical deber del Inspector del Trabajo
escrito por *Marcos Guerrero. 
martes, 24 de septiembre de 2013 


La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en lo adelante Lottt, otorga suficientes y bastos poderes a los Inspectores del Trabajo a los fines de la defensa de los derechos individuales y colectivos de los Trabajador@s y sus Organizaciones Sindicales contra los atropellos y violaciones de los empleadores. Al tratarse de los derechos colectivos de los trabajadores, importante es la figura de la Libertad Sindical consagrada como un derecho fundamental, inserto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 95, y en los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, conocida mejor por sus siglas como OIT. (Leer más pulse el enlace)......


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