Indemnización
por terminación de la relación laboral por causas ajenas al trabajador
escrito por Marcos
Guerrero.
martes, 29 de octubre
de 2013
El
Decreto Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en lo
adelante Lottt, en su artículo 92 establece el pago de una indemnización igual
a lo correspondiente por prestaciones sociales, "En caso de terminación de
la relación de trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador o
trabajadora, (...)", redacción ésta que ajustada a la interpretación
expresada en el Reglamento de la LOT del año 2006, son causas de terminación de
la relación de trabajo ajenas a la voluntad de las partes las siguientes: a)
muerte del trabajador; b) incapacidad o inhabilitación permanente del
trabajador o trabajadora para ejercer sus funciones; c) Quiebra inculpable del
patrono; d) muerte del patrono si la relación de trabajo es de carácter
estrictamente personal; e) actos del poder público; y f) fuerza mayor.
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